NOTA INFORMATIVA: INFORMACIÓN DE INTERÉS COMENTARIO SENTENCIA

COPIA_DE_LOGO_COLEGIO_BUENO3logo_50_aniversario_trz_pequeo

 

 

cid_157E4841F1BB4CF88625A3B306D621ACcolegio

 

Les facilitamos un comentario de una interesante sentencia que por primera vez declara nulo por discriminatorio el despido en situación de baja.

 

El titular del Juzgado nº 33 de Barcelona hace una crítica a la situación actual de la jurisprudencia. Para el magistrado, a pesar de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea no se haya pronunciado al respecto, una decisión empresarial de despedir a un trabajador por causa de ejercer derechos tan fundamentales como el de recibir prestaciones sanitarias y económicas, en situación de incapacidad temporal por causa de un accidente de trabajo- debiera entenderse que lesiona, también, ambos derechos fundamentales proclamados en la CDFUE, debiendo determinar asimismo la calificación judicial de nulidad del despido por atentar a tales derechos fundamentales.

 

Le facilitamos el enlace haciendo clic sobre la siguiente imagen donde podrá acceder a esta interesante información:

 

f_l0NEjuNGDBXy

 

Excmo. Colegio Oficial de Graduados Sociales de Málaga y Melilla