En relación a las consultas que se están planteando, la presentación de solicitudes a la Autoridad Laboral, se pueden hacer desde hace tiempo a través de la sede electrónica de la Junta de Andalucia, también se puede utilizar la presentación telematica a través de redsara (registro electrónico de la administración estatal).
Sobre el decálogo de como actuar por parte de los compañeros, estamos esperando a las medidas que se aprueben el martes por el Consejo de Ministros.
En estos momentos desde los despachos solo podemos aconsejar, las medidas que contiene el ET:
- Vacaciones (en este caso serán obligatorias como consecuencia del estado de Alarma)
- Permisos retribuidos.
- Suspensión de mutuo acuerdo ( no hay salario ni desempleo)
- ERE, por causas económicas, organizativas, técnicas o productivas. También las de fuerza mayor ( esperamos que todas las situaciones provocadas por el COVID-19 y el estado de alarma sean consideradas FUERZA MAYOR). En este caso hablamos de extinción, abono de indemnización y el trabajador va a desempleo.
ERTES, por las mimas causas expuestas anteriormente, para suspender contratos de trabajo o reducción de jornada. El trabajador pasará a desempleo por la jornada que suspende o reduce su trabajo.
No obstante reitero, que debemos ser prudentes desde los despachos y esperar a lo que se acuerde en el próximo Consejo de Ministros.
Saludos
Juan Fernández Henares
Presidente